Cuando la resolución a la renuncia al módulo FCT adoptada sea favorable, y el alumno o alumna dispusiera de una nueva convocatoria para el módulo profesional de FCT en el mismo curso académico, el equipo docente podrá decidir si las horas efectuadas hasta el momento de la concesión de la renuncia a la convocatoria, con un mínimo de 100, le sean contabilizadas como realizadas y, en consecuencia, sólo deba llevar a cabo las horas que falten hasta completar las asignadas a dicho módulo profesional. También podrá tomarse esta decisión por el equipo docente si la siguiente convocatoria de que disponga el alumno o alumna correspondiera a un curso académico posterior y se matriculase en el mismo centro educativo; de continuar los estudios en otro centro, deberá realizar de nuevo el total de horas atribuido al módulo profesional de FCT. La solicitud de aplazamiento de la calificación del módulo profesional de FCT y el reconocimiento de las horas cursadas se realizará de acuerdo con el modelo del Anexo XIII.
Documentación:
- Solicitud dirigida al titular de la dirección del centro docente, debidamente cumplimentada según el modelo oficial.
- Acreditación de las circunstancias alegadas en la solicitud.