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ACCESO A CICLOS FORMATIVOS

El acceso a Ciclos Formativos depende de tu edad, tus estudios anteriores, y el nivel del Ciclo al que pretendes acceder:

GRADO MEDIO

GRADO MEDIO – OBRAS DE INTERIOR, DECORACIÓN Y REHABILITACIÓN

ACCESO DIRECTO
  • Graduados en ESO
  • Titulados de FP de primer grado o de grado medio
  • Otras titulaciones equivalentes a efectos académicos
ACCESO MEDIANTE PRUEBA
  • Tener diecisiete años o cumplirlos durante el año en curso, y superar la correspondiente prueba de acceso

GRADOS SUPERIORES

GRADO SUPERIOR – PROYECTOS DE EDIFICACIÓN
GRADO SUPERIOR – PROYECTOS DE OBRA CIVIL
GRADO SUPERIOR – ORGANIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN

¿QUÉ ESTUDIOS PREVIOS PERMITEN EL ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR?

Puedes acceder a un ciclo de grado superior cuando reúnas alguno de los siguientes requisitos:

ACCESO DIRECTO
  • Estar en posesión del Título de Bachiller, o de un certificado acreditativo de haber superado todas las materias del Bachillerato.
  • Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato experimental.
  • Estar en posesión de un Título de Técnico (Formación Profesional de Grado Medio)(1)

Junto a estos títulos a efectos de acceso son equivalentes los siguientes títulos:

  • Estar en posesión de un Título de Técnico Superior, Técnico Especialista o equivalente a efectos académicos.
  • Haber superado el Curso de Orientación Universitaria (COU).
  • Estar en posesión de cualquier Titulación Universitaria o equivalente.
  • Haber superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

(1) Siempre que la demanda de plazas en ciclos formativos de grado superior supere la oferta, las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos de admisión al centro docente, de acuerdo con las condiciones que el Gobierno determine reglamentariamente.

ACCESO MEDIANTE PRUEBA
  • Sin cumplir ninguno de los requisitos académicos anteriores, tener 19 años de edad o cumplirlos durante el año en curso y superar la correspondiente prueba de acceso

¿PUEDO ACCEDER A UN CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR SI NO TENGO ESOS ESTUDIOS PREVIOS?

Si quieres acceder a un ciclo formativo de grado superior y no cumples los requisitos académicos de acceso al mismo citados en el punto anterior, deberás tener cumplidos 19 años de edad o cumplirlos antes del día 31 de diciembre del año en curso, inclusive, o 18 para quienes poseen el título de Técnico, para poder presentarte a una prueba de acceso. La prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior deberá acreditar que el aspirante posee los conocimientos y habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas.

CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA

Constará de dos partes: Parte común y Parte específica. Los contenidos de referencia de ambos apartados aparecen en la RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2015 de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se modifica el currículo de las materias que forman parte de las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado medio y de grado superior de Formación Profesional y de los cursos preparatorios de las mismas en la Comunitat Valenciana. (DOGV 18.11.2015).

  • 1. Parte Común, igual en todos los ciclos formativos de grado superior, constará de cuatro apartados:
    A1) Lengua y Literatura (Castellano o Valenciano, a elegir).
    A2) Lengua extrajera (Inglés).
    A3) Matemáticas.
    A4) Tratamiento de la Información y Competencia Digital. Modelo de examen
  • 2. Parte Específica, que presentará tres opciones, según el ciclo al que se desee acceder y en cada una de ellas el candidato elegirá dos de las tres materias que la forman:
    Opción A.  Materias: Historia, Economía y Geografía. Para el acceso a las familias profesionales de Administración y Gestión. Comercio y Marketing. Hostelería y Turismo. Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
    Opción B. Materias:  Dibujo Técnico, Tecnología Industrial y Física y Química. Para el acceso a las familias profesionales de: Artes Gráficas. Artes y Artesanías. Edificación y Obra Civil. Electricidad y Electrónica. Energía y Agua. Fabricación Mecánica. Imagen y Sonido. Industrias Extractivas. Informática y Comunicaciones. Instalación y Mantenimiento. Madera, Mueble y Corcho. Marítimopesquera (excepto Producción Acuícola). Textil, Confección y Piel. Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Vidrio y Cerámica..
    Opción C.  Materias: Física, Biología y Ciencias de la Tierra y Química. Para el acceso a las familias profesionales de: Actividades Físicas y Deportivas. Agraria. Imagen Personal. Industrias Alimentarias. Marítimopesquera (únicamente Producción Acuícola). Química. Sanidad. Seguridad y Medio Ambiente.

EXENCIONES EN LA PRUEBA

Estarán exentos de realizar la prueba de acceso a los ciclos de grado superior:

a) Quienes hayan superado toda la prueba en convocatorias anteriores.

b) Estarán exentos de realizar la prueba de acceso quienes hubieran superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

En estos casos, la preinscripción podrá realizarse directamente en el ciclo formativo que se desee cursar, para lo que deberá aportarse la documentación acreditativa en el periodo que establezca la normativa sobre admisión del alumnado y podrán acceder por el cupo reservado al alumnado procedente de prueba de acceso a ciclos formativos de Formación Profesional. La calificación que se les asignará será la que conste en la certificación correspondiente, si se ha superado la prueba de acceso a la universidad o la prueba de acceso a Formación Profesional de grado superior.

EXENCIONES DE PARTES DE LA PRUEBA

Las exenciones contempladas en los siguientes apartados serán acumulables. Los interesados deberán hacerlo constar en la solicitud de inscripción y acompañar la documentación que lo acredite o el compromiso de presentarla en el plazo marcado en la convocatoria de la prueba.

 Estarán exentos de la realización de la parte común de la prueba o, en su caso, del apartado que corresponda::

a) Quienes hayan superado toda la prueba o dicha parte o el apartado del que solicitan la exención en convocatorias anteriores.
b) Quienes hayan superado las materias del Bachillerato que integran la parte común o el apartado correspondiente.
c) Quienes, estando exentos de toda la prueba, según se especifica en el punto 8.1 de la ORDEN 16/2016, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, opten por presentarse a esta.

Estarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba o, en su caso, del apartado que corresponda::

a) Quienes hayan superado toda la prueba o las materias correspondientes a esta parte de la prueba o el apartado del que solicitan la exención en convocatorias anteriores.
b) Quienes hayan superado las materias del Bachillerato que integran la parte específica o el apartado que corresponda.
c) Quienes estén en posesión de un título de técnico/a en un ciclo de la misma familia profesional o de otras familias profesionales incluidas en la misma opción de la prueba de acceso.
d) Quienes estén en posesión de un certificado de profesionalidad correspondiente a una cualificación profesional de, al menos, nivel 2 de una familia profesional de las establecidas para la opción por la que se presenta.
e) Quienes tengan una experiencia laboral de, al menos, el equivalente a un año a jornada completa en el campo profesional de una familia profesional de las establecidas para la opción por la que se presenta.
f) Quienes tengan superados dos módulos profesionales relacionados con una o varias unidades de competencia de un título de grado superior relacionado con la opción por la que se presentan.
g) Para el acceso a ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas, quienes acrediten, mediante certificación de la secretaría autonómica competente en materia de deporte, ser deportista de élite (niveles A y B) de la Comunitat Valenciana o tener la condición de deportista de alto nivel, según lo establecido en el REAL DECRETO 971/2007 de 13 de julio.
h) Quienes, estando exentos de toda la prueba, según se especifica en el punto 8.1 de la ORDEN 16/2016, de 20 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, opten por presentarse a esta.